COLOMBIA, Julio 1 de 2026. La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia impartió medidas correctivas a la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General y el Consejo Superior de la Judicatura debido al incremento significativo de aplazamientos injustificados en audiencias penales en Colombia, que afectan el derecho al debido proceso y retrasan la administración de justicia.

La decisión se dio al resolver una acción de tutela presentada por un procesado por delitos sexuales contra menores, cuyo proceso estuvo abierto durante diez años y registró más de 30 aplazamientos de audiencias por diversas causas. La Corte rechazó el amparo solicitado, al considerar que los aplazamientos no son un derecho fundamental y que el acusado utilizó esta práctica para intentar anular el proceso.

La Sala destacó que el sistema judicial debe garantizar un juicio en un plazo razonable, sin depender de caprichos o estrategias dilatorias de las partes procesales. Además, la Corte alertó que la problemática no es aislada, sino sistémica, evidenciando un patrón institucional que compromete el derecho fundamental al juicio justo sin demoras injustificadas.

Cifras oficiales evidencian esta situación: en 2025 se programaron 1.339.771 audiencias penales, de las cuales 666.004 no se realizaron. En 2024, la cifra de audiencias no efectuadas fue de 655.417 sobre 1.341.526 programadas, y en 2023, 429.674 de 931.834. Esto indica una tendencia alarmante que podría hacer que las audiencias fallidas superen a las realizadas.

Un aspecto preocupante señalado por la Corte es que más del 53% de los aplazamientos se clasifican bajo la categoría “otras causas no determinadas”, lo que dificulta la identificación de causas reales para implementar soluciones eficaces. Entre las causas con explicación, destacan la inasistencia de la defensa pública (19,88%), la de defensa de confianza (9,15%), ausencias de otras partes (9,72%), así como faltas conjuntas de la Fiscalía y la defensa (2,98%).

Frente a esta situación, la Corte ordenó en un plazo de seis meses que la Fiscalía expida una reglamentación interna que defina criterios objetivos para justificar ausencias de fiscales y adopte mecanismos para evitar inasistencias asociadas a conflictos de agenda y problemas administrativos.

Asimismo, la Procuraduría debe desarrollar un protocolo de coordinación con juzgados penales para intervenir de forma prioritaria en procesos que involucran a víctimas menores de edad, personas privadas de la libertad, o con riesgo de prescripción, garantizando seguimiento efectivo independientemente del municipio donde se tramiten los casos.

Por último, el Consejo Superior de la Judicatura tendrá que reglamentar y divulgar parámetros que guíen a jueces penales en la autorización de aplazamientos de audiencias y en el ejercicio de sus potestades disciplinarias contempladas en la ley.

La decisión también contempla remitir copias a los consejos seccionales de la judicatura para que incluyan medidas de vigilancia permanente sobre índices de aplazamientos y analicen sus causas en las visitas anuales de control judicial, evaluando que los aplazamientos estén debidamente motivados.

Esta resolución pone el foco en la necesidad urgente de modificar prácticas institucionales que afectan la eficiencia y legitimidad del sistema penal colombiano, buscando garantizar el derecho de las víctimas y procesados a un proceso ágil y justo.

Redacción ColombiNews

Contenido editorial elaborado con apoyo de inteligencia artificial y revisión de fuentes públicas. Si encuentra alguna inconsistencia o desea solicitar una corrección, puede contactar al equipo editorial de ColombiNews.