COLOMBIA, August 3 de 2026. El Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Resolución número 2026, que reglamenta la afiliación de oficio al Sistema General de Seguridad Social en Salud para la población que se encuentre fuera del sistema. Esta medida busca garantizar el acceso universal a los servicios de salud en Colombia, conforme a los principios constitucionales de eficiencia, universalidad y solidaridad.

La resolución establece que las entidades territoriales, las entidades promotoras de salud (EPS), las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) y los Equipos Básicos en Salud (EBS) deberán afiliar de manera inmediata y obligatoria a las personas que no estén vinculadas al sistema o que tengan su afiliación terminada, a través del Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) o mediante formularios establecidos.

Se confirma el derecho a la libre elección de EPS por parte del usuario, aunque si no ejerce esta opción, la afiliación se hará a la EPS con mayor número de afiliados en el municipio o distrito de residencia sin medidas administrativas que limiten su capacidad. En casos de población indígena, la afiliación se realizará a la EPS indígena autorizada en la región.

Además, la resolución contempla procedimientos para la afiliación de hijos de conscriptas, la asignación de documentos temporales de identidad para personas sin identificación formal, y la articulación de canales de comunicación entre actores implicados para facilitar el intercambio oportuno de información.

El Ministerio también destacó que las EPS no podrán negar la afiliación por edad o condiciones de salud, ni imponer barreras para la inscripción o prestación de servicios, y que cualquier práctica que contravenga esto será considerada no autorizada.

Con esta regulación se busca fortalecer la supervisión y el control de los procesos de afiliación de oficio. La Superintendencia Nacional de Salud y las entidades territoriales tendrán funciones de vigilancia para garantizar el cumplimiento de la norma.

La resolución deroga la anterior norma 1128 de 2020 y entra en vigor a partir de su fecha de publicación, ratificando el compromiso del Estado colombiano por garantizar el derecho fundamental a la salud como un servicio público obligatorio para todos los habitantes del país.

Redacción ColombiNews

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