COLOMBIA, Julio 27 de 2026. La Cancillería de Colombia habilitó la expedición gratuita del pasaporte en 2026 para diversos grupos priorizados, en un esfuerzo por facilitar el acceso a la documentación para viajes al exterior bajo condiciones específicas. Esta medida atiende a ciudadanos que pertenezcan a los niveles A, B o C del Sisbén, un requisito clave para acceder a la exención.

El trámite no se realiza de manera automática; cada solicitud pasa por un proceso de revisión individual realizado por funcionarios de la entidad, quienes verifican la vigencia y cumplimiento de los requisitos documentales estipulados. Entre los documentos exigidos se encuentra la cédula de ciudadanía, y en casos pertinentes, el certificado oficial de discapacidad expedido por el Ministerio de Salud y registrado en las plataformas oficiales.

En Bogotá, los interesados pueden acudir directamente sin cita previa a las sedes Norte y Centro de la Cancillería, donde se valida la documentación y se avanza en el trámite de lunes a viernes, entre las 7:00 a.m. y las 5:00 p.m.

Además de quienes califican por el Sisbén y personas con discapacidad, la normativa contempla exención para otras poblaciones, como adultos mayores de 62 años, jóvenes menores de 25 años que estudien en el exterior, trabajadores con contratos internacionales, niños adoptables bajo tutela del ICBF, así como delegaciones deportivas, culturales o científicas que representen a Colombia en eventos internacionales. También aplica para quienes deban desplazarse por tratamientos médicos especializados o por enfermedad grave de un familiar en el extranjero.

La exención puede extenderse en algunos casos a un acompañante mayor de edad, siempre y cuando acrediten parentesco en primer grado o una relación formal legalmente registrada, ya sea por medio de registro civil, certificado de matrimonio o documentación que reconozca unión marital de hecho.

Para quienes viajen por estudios o trabajo internacional, los documentos deben presentarse con traducción oficial al español y cumplir con la apostilla o legalización consular correspondiente.

Estas disposiciones se sustentan en normativas como la Ley 1212 de 2008, el Decreto 3455 de 2008, la Ley 2136 de 2021 y la Resolución 6888 de 2021, que regulan la expedición de pasaportes en el país. La Cancillería enfatizó que el propósito principal es asegurar que la población priorizada tenga acceso al pasaporte para diferentes motivos como salud, educación, trabajo o reunificación familiar, tras la verificación previa de los documentos y condiciones requeridas.

Redacción ColombiNews

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