COLOMBIA, Julio 4 de 2026. Desde el 25 de junio de 2026, las empresas en Colombia que cuenten con 100 o más empleados deberán cumplir con una nueva cuota obligatoria de contratación para personas con discapacidad, de acuerdo con la Ley 2466 de 2025. La norma establece que en las compañías con hasta 500 trabajadores se debe contratar al menos a dos personas con discapacidad por cada 100 empleados, y para empresas con más de 501 colaboradores, se adiciona un trabajador con discapacidad adicional por cada 100 empleados. Por ejemplo, una organización con 650 trabajadores debe tener mínimo 11 personas con discapacidad en su nómina.

Según datos oficiales, solo el 19,6 % de las personas con discapacidad en Colombia están empleadas, lo que contrasta con el 60,6 % de la población sin discapacidad. La medida busca reducir esta brecha y fomentar una inclusión laboral real para este grupo poblacional, que enfrenta desafíos importantes para acceder a empleos formales y estables.

El Consejo Colombiano de Seguridad (CCS) ha subrayado que esta obligación representa uno de los cambios más significativos en la gestión del talento humano en años recientes. La entidad también resaltó la importancia de que las empresas adapten sus procesos para identificar correctamente a los trabajadores que deben ser incluidos en estas cuotas, ya que solo quienes cuenten con certificado de discapacidad oficial pueden ser contabilizados. Se recomienda revisar los procedimientos de selección, inducción y seguimiento al desempeño para asegurar apoyos y ajustes razonables.

Existen siete categorías oficiales de discapacidad en Colombia: auditiva, visual, sordoceguera, intelectual, psicosocial, física y múltiple. Por ello, las adaptaciones y ajustes que deben implementar las empresas pueden variar según el tipo de discapacidad y las necesidades particulares de cada trabajador.

Consultado por ColombiNews, el Dr. Jairo Clopatofsky, experto en discapacidad y promotor de la Ley 361 de 1997, destacó la necesidad de que las empresas adopten una política pública integral en materia de contratación inclusiva. Añadió que es fundamental que estas políticas incluyan ajustes razonables y que las organizaciones conozcan y utilicen los incentivos tributarios vigentes para la contratación de personas con discapacidad, lo que facilitaría el cumplimiento legal y promovería la sostenibilidad de la inclusión laboral.

La realidad del mercado laboral evidenció que más del 57 % de las personas con discapacidad trabajan por cuenta propia, una modalidad que suele ser más informal y con condiciones laborales vulnerables. Solo el 29 % están vinculados como empleados particulares y apenas el 2,8 % trabajan en el sector público. En este contexto, la cuota obligatoria es una oportunidad para que más personas con discapacidad accedan a empleos formales con condiciones estables y posibilidades de desarrollo profesional.

La presidenta ejecutiva del CCS, Adriana Solano Luque, señaló que el principal desafío será eliminar las barreras actitudinales, sociales y culturales dentro de las empresas para aprovechar el talento y experiencia diversa que estas personas pueden aportar. Enfatizó que superar prejuicios y estigmas es clave para construir espacios laborales inclusivos y equitativos.

Con la entrada en vigor de esta nueva disposición, muchas empresas deberán ajustar sus procesos internos no solo para cumplir con el requisito legal, sino para garantizar que los colaboradores con discapacidad cuenten con las condiciones necesarias para desarrollarse profesionalmente. Esta medida puede significar un avance importante en la inclusión laboral en Colombia, siempre que se aborde con un compromiso genuino más allá del cumplimiento formal.

Redacción BusinessCol

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