COLOMBIA, Julio 5 de 2026. El Gobierno Nacional presentó un borrador de decreto que propone una nueva modalidad para el pago de las cesantías, que permitiría a los empleadores consignar mensualmente anticipos al fondo de cesantías de sus trabajadores, en lugar de realizar una única consignación anual cada mes de febrero. Esta iniciativa, que aún no está vigente y requiere la aprobación oficial y ajustes tecnológicos para su implementación, busca flexibilizar la forma en que las empresas cumplen con esta prestación social. Actualmente, el pago de cesantías se liquida al final del año y debe consignarse en un fondo a más tardar el 14 de febrero del año siguiente, acompañándose del pago de intereses anuales del 12 %. Con la nueva propuesta, los empleadores podrían distribuir consignaciones mensuales anticipadas equivalentes al 8,33 % del salario base de liquidación —incluyendo el auxilio de transporte cuando aplique— durante el año. Para trabajadores con salario variable, este porcentaje se calcularía sobre los ingresos percibidos mes a mes. Sin embargo, estas consignaciones anticipadas no serían consideradas pagos parciales de cesantías, ya que la liquidación definitiva se efectuaría al cierre del año laboral para ajustar diferencias. Uno de los aspectos que genera inquietudes entre los trabajadores es si recibirán directamente estos recursos cada mes. El Ministerio del Trabajo aclara que las consignaciones seguirán siendo enviadas a los fondos seleccionados y que la modalidad no implica pagos mensuales al empleado, sino que mantiene el carácter de ahorro para eventualidades como terminación del contrato, vivienda o educación. Este nuevo sistema sería voluntario y se aplicaría solo mediante acuerdo entre empleador y trabajador, lo que significa que ninguna de las partes está obligada a adoptarlo. Además, los empleadores y empleados podrían pactar el pago mensual de intereses de cesantías, abonando un 1 % mensual del salario base, lo que equivaldría al 12 % anual vigente, entregándose estos intereses directamente al trabajador. Para garantizar la trazabilidad y el control de las consignaciones mensuales, el borrador establece que los pagos deberán realizarse exclusivamente mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), lo que requerirá ajustes tecnológicos por parte del Ministerio de Salud y la adaptación de las plataformas de fondos y operadores de información en un plazo de seis meses. En caso de que una empresa incurra en retrasos en las consignaciones mensuales, la ley permitiría completar el pago total hasta el 14 de febrero del siguiente año sin incurrir inmediatamente en mora. Solo después de esa fecha se empezarían a generar sanciones por mora si el valor final no ha sido cubierto. Por el momento, trabajadores y empleadores continúan sujetos al esquema tradicional de consignación anual de cesantías hasta que la propuesta sea oficializada y aplicable. El Ministerio del Trabajo abrió este borrador para consulta y análisis con el fin de mejorar el cumplimiento y gestión de esta prestación social. Redacción ColombiNews Contenido editorial elaborado con apoyo de inteligencia artificial y revisión de fuentes públicas. Si encuentra alguna inconsistencia o desea solicitar una corrección, puede contactar al equipo editorial de ColombiNews. Navegación de entradas Vicepresidente electo José Manuel Restrepo anuncia reducción de contratistas y reorganización en el Estado para enfrentar crisis fiscal Patrimonio negativo de EPS en Colombia se extiende a 18,2 billones de pesos en el primer trimestre de 2026