COLOMBIA, October 5 de 2026. La Ley 1920 de 2018 establece una serie de derechos y obligaciones especiales para los vigilantes en Colombia, reconociendo las condiciones particulares de este sector laboral. Entre estos está la obligación de las empresas de vigilancia y seguridad privada de garantizar la formación profesional continua de sus trabajadores, un derecho que no siempre es conocido por este gremio. De acuerdo con la normativa vigente, los guardias, celadores, técnicos en seguridad, escoltas, manejadores caninos y otros trabajadores relacionados deben acceder a programas académicos organizados junto con el Sistema Nacional de Aprendizaje (SENA). Estos programas incluyen ciclos de competencias laborales, formación técnica y tecnóloga en seguridad, adaptados a las funciones específicas de cada vigilante. Esta formación tiene como objetivo mejorar la calidad del servicio que prestan y profesionalizar al personal en sus labores de vigilancia y seguridad. Para ello, la ley exige que el SENA establezca convenios con las empresas y cooperativas del sector para facilitar la oferta académica. Asimismo, la legislación contempla jornadas laborales especiales para estos trabajadores, con un máximo de 12 horas diarias, incluyendo ocho horas normales y hasta cuatro horas extra, permitiendo así una semana laboral de hasta 60 horas, diferente al estándar general del Código Sustantivo del Trabajo. Además, la ley obliga a estas empresas a proveer a sus vigilantes seguros de vida y cumplir con otras disposiciones orientadas a mejorar sus condiciones laborales y de servicio, bajo supervisión de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, que regula la licencia de funcionamiento de estas entidades. Este marco legal también ha sido complementado con reformas que incrementan los recargos nocturnos y el pago por trabajo dominical y festivo. Sin embargo, el énfasis en la profesionalización pone en relieve un derecho que muchos vigilantes desconocen y que es esencial para elevar el estándar del sector. Según se recuerda, esta obligación no debe interpretarse como una prestación social adicional, sino como un derecho legal que las empresas de vigilancia están en deber de cumplir para que los vigilantes puedan mejorar sus competencias y desempeño. La supervisión y articulación entre el SENA y las empresas busca que la formación sea permanente, adaptada a los retos actuales de seguridad y tecnología, y que contribuya a la profesionalización del trabajo en esta área, fortaleciendo la confianza en el servicio que se ofrece a los ciudadanos. Redacción ColombiNews Contenido editorial elaborado con apoyo de inteligencia artificial y revisión de fuentes públicas. Si encuentra alguna inconsistencia o desea solicitar una corrección, puede contactar al equipo editorial de ColombiNews. Navegación de entradas Empresa chilena Reuse inicia operaciones en Colombia con venta de celulares reacondicionados Rector de Unicórdoba afirma que no hay nada que ocultar ante visita del Ministerio de Educación